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El Parlamento de Navarra aprobó ayer la 'Ley Foral de relaciones con la ciudadanía navarra en el exterior'

17/02/2023

Reunión el pasado diciembre de los Centros Navarros de Argentina con la presidenta Chivite al frente de una delegación del Gobierno
Reunión el pasado diciembre de los Centros Navarros de Argentina con la presidenta Chivite al frente de una delegación del Gobierno

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Iruña-Pamplona. El pleno del Parlamento Foral de Navarra aprobó ayer la 'Ley Foral de relaciones con la ciudadanía navarra en el exterior'. La ley establece el marco legal a través del cual el Gobierno se relaciona con la ciudadanía navarra que reside fuera del territorio foral, reconociendo sus derechos individualmente considerados, favoreciendo y apoyando el retorno de aquellos/as que así lo deseen y regulando sus relaciones con las comunidades y la diáspora navarras. La ley fue aprobada con el apoyo de todos los grupos excepto el de Navarra Suma, que se abstuvo.

Apoyo al retorno voluntario

La Ley impulsada por el Ejecutivo foral persigue “promover el fortalecimiento de las relaciones institucionales” con la ciudadanía navarra en el exterior para, mediante el oportuno soporte jurídico, favorecer la “ayuda, la asistencia y la protección” de dicho colectivo, también en lo que atañe al “impulso de la imagen de su tierra de origen” en sus lugares de residencia.


La Ley ahora aprobada por el Parlamento se presentó como proyecto de ley el pasado mes de noviembre

A tal fin, para “conservar y potenciar los lazos afectivos y posibilitar su participación en la vida social, cultural, económica y política de Navarra”, se compromete a la Administración a promover (in situ) el conocimiento y estudio de las lenguas, costumbres e historia de la Comunidad Foral y, en el caso de los que tengan reconocido el derecho al sufragio, la participación en los procesos electorales que se celebren en la Comunidad Foral. Del mismo modo, se hace constar la voluntad de facilitar “retorno voluntario”, asegurando el disfrute de los servicios públicos “en igualdad de condiciones” a los ciudadanos residentes en Navarra.

Registro Oficial, también de comunidades virtuales

La ley establece una serie de requisitos para que las comunidades navarras en el exterior (también las virtuales) y sus posibles federaciones consigan el reconocimiento oficial por parte del Gobierno de Navarra, así como su inscripción en el Registro Oficial, todo ello de conformidad con los derechos y deberes que, tal y como se hace constar, les corresponden como entidades de carácter asociativo.

En todo caso, el reconocimiento de unas y otras se formalizará mediante Acuerdo de Gobierno, previo informe del Consejo de Comunidades Navarras a solicitud de la comunidad o federación interesada, que necesariamente deberá incluir en su denominación la palabra ‘Navarra’ o ‘Nafarroa’ o alguna de sus derivaciones.

Transición de dos años

En virtud del régimen transitorio establecido, las comunidades navarras en el exterior reconocidas como Hogares, Casas o Centros navarros, vasco navarros o similares contarán con un plazo de dos años para, desde la entrada en vigor de esta Ley, solicitar el reconocimiento preciso de cara a su inscripción en el Registro. Durante ese período tendrán los derechos y obligaciones que esta norma establece.

Entre los objetivos estatutarios básicos habrá de figurar el mantenimiento de lazos culturales, sociales o económicos con la Comunidad Foral, sus gentes, su historia, sus lenguas o cualquier otro aspecto relevante de su realidad, siempre a partir de un “proyecto plural” estructurado bajo principios democráticos.

Inventario patrimonio

También como obligación y bajo amenaza de penalización, las comunidades navarras en el exterior deberán realizar un inventario del patrimonio documental, inmaterial y mueble para su reconocimiento, conservación y difusión.

El Registro Oficial de Comunidades Navarras se organizará en dos secciones, una dedicada a las entidades con sede social en territorio de España y otra destinada a las ubicadas en el extranjero.

Consejo de Comunidades Navarras

De las entidades registradas saldrán los representantes de las mismas en el Consejo de Comunidades Navarras, órgano consultivo y de participación adscrito también al Departamento competente en materia de relaciones ciudadanas, cuyo titular lo presidirá. Una vez constituido, el mandato de sus miembros, entre quienes habrá representantes del Parlamento de Navarra y de la Administración Foral, será de cuatro años, renovable por períodos idénticos.

La participación en este organismo, encargado de informar, evaluar e impulsar las relaciones de las comunidades entre sí y con Navarra y sus instituciones, no llevará aparejada remuneración de ninguna índole. Con carácter ordinario, el Consejo se reunirá al menos una vez al año y en sesión extraordinaria a petición de un tercio de sus miembros o, en su defecto, cuando lo estime oportuno su presidente. La asistencia a las sesiones podrá ser telemática.

Aprobada el jueves 16 de febrero de 2023, la Ley Foral de relaciones con la ciudadanía navarra en el exterior, que fue dictaminada en el seno la Comisión de Relaciones Ciudadanas, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra en los próximos días.



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