diáspora y cultura vasca
26/03/2010
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Atendiendo a lo establecido en el artículo 15.5 del Decreto 1/2010, de 12 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, corresponde al Secretario General de Acción Exterior realizar la convocatoria de las subvenciones relativas a su área competencial.
2.- Forma de pago. El abono se efectuará en dos pagos, el primero por importe del 50 % de la ayuda concedida tras la aceptación de la misma, y el 50% restante tras ser recibidos en la Secretaría General de Acción Exterior el informe de justificación y los justificantes de pago de los billetes, que estarán emitidos en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2010.
1.- Las solicitudes se dirigirán a la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, Secretaría General de Acción Exterior, c/Navarra, número 2, 01007 Vitoria-Gasteiz.
a) Memoria descriptiva de la actividad a realizar, adjuntando documentación gráfica de la misma.
b) Descripción detallada de la gira acordada con los Centros Vascos o Federaciones o Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak en los que se va a llevar a cabo.
c) Presupuesto de la ayuda solicitada detallada en euros.
d) Justificación documental de la repercusión y aceptación que la actividad propuesta haya conseguido en su realización en el País Vasco (premios, número de actuaciones).
e) Fotocopia del DNI o CIF del solicitante.
f) Copia de los Estatutos, en caso de que se trate de asociaciones o empresas.
g) Acreditación escrita de la gira acordada con los Centros Vascos o Federaciones o Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak en los que se va a llevar a cabo la gira.
3.- La solicitud deberá ser firmada por la persona solicitante y en caso de asociaciones o empresas por la persona física que ostente la representación legal.
1.- Para la concesión de la subvención, que se realizará por el procedimiento de concurso, la Comisión de Evaluación valorará de 1 a 10 puntos, cada uno de los siguientes aspectos del proyecto:
a) Actuaciones contratadas durante la gira entre las colectividades del exterior
b) Potenciales destinatarios y destinatarias del programa
c) Razonabilidad del presupuesto de la subvención solicitada
d) Éxito que la actividad haya cosechado en el País Vasco (premios, número de actuaciones contratadas)
e) Importancia de la actividad para la vida de la comunidad vasca local
f) Participación de la juventud de los Centros Vascos
g) Perspectiva de género
2.- Para optar a cualquier subvención será preciso obtener una puntuación de al menos 45 puntos.
Séptima.- Comisión de Evaluación.
La Comisión de Evaluación prevista en el artículo 9 del Decreto 186/2003, de 29 de julio, estará conformada por los siguientes miembros:
- D. Julián Celaya Loyola, Director para los Ciudadanos y las Colectividades Vascas en el Exterior, o persona en quien delegue, Presidente de la Comisión.
- D. Benan Oregi Iñurrieta, de la Secretaría General de Acción Exterior, o persona en quien delegue, vocal.
- D. Andoni Martín Arce, de la Secretaría General de Acción Exterior, o persona en quien delegue, Secretario de la Comisión.
Octava.- Resolución del Procedimiento.
El Secretario General de Acción Exterior, a la vista de la propuesta efectuada por la comisión de Evaluación, resolverá la convocatoria de ayudas para realizar giras culturales.
-El boletín y la convocatoria en pdf, aquí
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